viernes, 25 de octubre de 2013

¡Matemàtica Divertida!

La potenciación es una multiplicación de varios factores iguales, al igual que la multiplicación es una suma de varios sumandos iguales, (la potenciación se considera una multiplicación abreviada).

En la nomenclatura de la potenciación se diferencian dos partes, la base y el exponente, que se escribe en forma de superíndice. El exponente determina la cantidad de veces que la base se multiplica por sí misma.

Por ejemplo:

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En general:

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Propiedades de la potenciación:


Las propiedades de la potenciación son las que permiten resolver por diferentes métodos una potencia. Estas son:

Potencia de exponente 0

Toda potencia de exponente 0 y base distinta de 0 es igual a 1.

Photobucket si se cumple que Photobucket


Potencia de exponente 1

Toda potencia de exponente 1 es igual a la base

Ejemplo:

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Producto de potencias de igual base

Para el producto de dos o más potencias de igual base se coloca la misma base y se suman los exponentes.

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Ejemplo:

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División de potencias de igual base

En la división de dos potencias de igual base se coloca la misma base y se restan los exponentes.

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Potencia de un producto

La potencia de un producto de base (a·b) y de exponente "n" es igual a la potencia "a" a la "n" por "b" a la "n". Cada base se multiplica por el exponente.

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Potencia de una división

En la potencia de una división de base "a/b" y exponente "n" se procede a elevar cada uno de los componentes de la base a "n".

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Potencia de una potencia

Para resolver la potencia de una potencia se coloca la misma base y se multiplican los exponentes.

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Propiedad distributiva

La potenciación es distributiva con respecto a la multiplicación y a la división, pero no lo es con respecto a la suma ni a la resta.

Distributiva con respecto a la multiplicación y división:

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No es distributiva con respecto a la adición y sustracción:

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Propiedad conmutativa

La propiedad conmutativa no se cumple para la potenciación, exceptuando aquellos casos en que base y exponente tienen el mismo valor o son equivalentes.

En general:

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Propiedad asociativa

La propiedad asociativa no se cumple para la potenciación.

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Potencia de base 10

Toda potencia de base 10 y que tiene como exponente un número natural es igual a la unidad seguida de la cantidad de ceros que indica el exponente.

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Potencia de exponente fraccionario

Es una potencia que tiene su exponente en forma de fracción, y en la que se cumple que

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Potencia de exponente negativo

Una potencia que tenga exponente negativo se cambia de lugar y de este modo su exponente automáticamente cambiara a ser positivo

a − b = 1 / ab

...Sin embargo, es necesario tener una constancia practicando este tema para poder lograr que se vuelva parte de nuestra vida diaria. Para esto, aca les dejo una pagina web con algunos ejercicios:

Bibliografia:

Figueroa D. 2008 "La Potenciacion y sus propiedades." (http://potenciacionfacil.blogspot.com/2008/11/la-potenciacin-y-sus-propiedades.html) 25 de Octubre del 2013

Vitutor 2010 "Ejercicios de Potencias." (http://www.vitutor.com/di/r/pt_e.html) 25 de Octubre del 2013

viernes, 18 de octubre de 2013

producción nacional de los quesos

Quesos venezolanos más populares:
  • Queso telita: originario de la región de los llanos, este queso es tal vez el más emblemático y autóctono de los 
  • Queso de año: Es un queso cremoso, jugoso, suave, elástico. Se conserva sumergido en suero, a temperatura ambienteSi se refrigera, no debe ser por largos períodos, porque su textura se torna dura.
  • Queso de año: es un queso madurado, tradicional y típico del llano venezolano, posee un rico sabor intenso y algo salado. Es versátil, para muchos es una especie de parmesano criollo, pues se le puede dar el mismo uso en las pastas. Es un buen acompañante de arepas y del plátano maduro, ya sea horneado, frito o sancochado.
  • Queso guayanés: se caracteriza por su suavidad. Es originario del sur del país. El de Upada en el Estado Bolívar tiene la mejor fama. La mejor manera de consumirlo es cuando está muy fresco, es tan delicado que casi se puede untar. Ideal en cachapas, arepas y solo. Lo venden a temperatura ambiente, señal de que hay que comerlo rápidamente, pues al hacer contacto con el frío, se seca un poco y pierde su suavidad.
  • Queso de mano: al igual que el telita, es uno de los más populares en Venezuela. Su nombre obedece a que en su elaboración, una vez cuajada la leche se hierve y con la mano se le da forma de torta, que puede ser grande o mediana según sea el caso. Los más famosos son los producidos en el estado Guárico, aunque otras regiones del país lo fabrican también de excelente calidad. Acompañante ideal de cachapas, arepas, arepas de chicharrón y cazabe.
  • Queso de trenza: generalmente es fabricado con leche de cabra y leche de vaca. Como los quesos de mano y guayanés es pre cocido. Los artesanos lo meten en una paila y lo cocinan hasta que queda chicloso, luego lo trenzan y lo colocan en envases. Un buen queso de trenza es tan suave como un guayanés y tiene un sabor muy especial, que quizás se debe a la combinación de las leches. Lo producen en Anzoátegui, Aragua y Falcón. Como todo buen queso típico venezolano, es el acompañante ideal de las arepas, bollos e incluso pan.
  • Queso palmito: es un queso bajo en grasa y sal, es firme en forma de bloque. Como todos los quesos venezolanos tiene un sabor delicioso. Buen acompañante de las arepas, plátano horneado. 
elaboración de los quesos 

La elaboración de los quesos constituye una de las principales formas de conservación de la leche. En Venezuela aproximadamente el 60 % de la producción total de leche se destina a la elaboración de quesos, de los cuales cerca de la mitad se realiza de manera artesanal, utilizando leche cruda como materia prima.
El queso es el producto fresco o maduro, sólido o semisólido, obtenido por separación del suero después de la coagulación de la leche natural, de la desnatada total o parcialmente, de la nata, del suero de mantequilla, o de una mezcla de algunos o de todos estos productos, por la acción del cuajo u otros coagulantes apropiados, con o sin hidrólisis previa de la lactosa (B.O.E, Num.292.6-12-1985).
También se entiende por queso el producto alimenticio conseguido mediante técnicas de elaboración que comprenden la coagulación de la leche y que den un producto final que posea las mismas características del producto definido en el párrafo anterior y siempre que la relación entre la caseína y las proteínas séricas sea igual o superior a la de la leche.



bibliografia 


paginas amarillas de cantv "la historias sobre los quesos venezolanos" Martes, 28 Agosto 2012(http://www.pac.com.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=10298:tipos-de-quesos-venezolanos&catid=61:gastronomia&Itemid=84) viernes,17 octubre 2013 



viernes, 11 de octubre de 2013

Como tener un Blog legal

Sin duda, uno de los fenómenos que más ha revolucionado Internet en los últimos años es el de los blogs. La posibilidad de que cualquier persona se convierta en “blogger” y publique su propia bitácora en la Red sobre distintos temas que le interesen, ha cambiado para siempre nuestra tradicional actitud de meros receptores pasivos de lo que nos cuentan otros. El fenómeno blog es, en realidad, la punta de lanza de la Sociedad 2.0.



Pero, ¿qué es realmente un blogger para la Ley?

Pues, muy sencillo: un blogger es, a la vez, un autor y un medio de comunicación, con todos los derechos y obligaciones que ello comporta.

Así, el artículo 5 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) se aplica al blogger al afirmar que:

“Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.”

Por su parte, el artículo 1 LPI dispone que:

“La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.”

Por tanto, como autor, el blogger adquiere la propiedad intelectual de sus artículos desde el momento en que los escribe (incluso antes de ser publicados).

Esto en cuanto a autor, pero un blogger también recibe, en un aspecto importante, la consideración que la Ley reservaba hasta ahora a los medio de comunicación. De este modo, se le reconocen las libertades fundamentales del artículo 20.1 de la Constitución Española, en concreto las siguientes:

“a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. (…)

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.”

Son las famosas: libertad de expresión y libertad de información.

Por tanto, tal y como hemos visto, el blogger se beneficiará de los derechos y libertades derivadas de su doble condición de autor y de medio de comunicación.

“Todo eso está muy bien”, me diréis, “pero ¿cuáles son sus obligaciones?”

Pues bien, aunque sería un poco más largo de explicar, voy a resumirlo en las 10 reglas básicas que todo buen blogger debe seguir para que su bitácora cumpla la Ley. Son las 10 reglas para tener un blog “legal”:

blogger1- Ser “original” en la redacción de los textos (lo de copiar/pegar, mejor no).

2- Dar información “veraz”. Como hemos visto, la libertad de información sólo protege cuando ésta responde a la realidad de los hechos. Ante la duda, mejor no informar (al menos hasta verificar una noticia por una “fuente fiable”).

3- Incluir los datos del autor del blog. Todo medio de comunicación en la Red debe identificarse con sus datos de contacto, aunque sólo esto es obligatorio cuando supone una actividad económica para el mismo.

4- Si se incluyen citas de textos ajenos, es necesario entrecomillarlos o destacarlos con cursiva e indicar su fuente y el autor (por ejemplo, con un enlace).

5- Sólo incluir imágenes u otros contenidos audiovisuales si ello es autorizado por su autor (fijarse en su Licencia) y no hacerlo en ningún caso si incluyen la referencia de “Todos los derechos reservados” (salvo excepción legal).

6- Cuidar la corrección de las opiniones y comentarios vertidas en el blog. Evitar insultos y descalificaciones que dañen el derecho al honor de terceros.

7- No publicar nunca datos ni fotografías personales sin la autorización de los afectados, especialmente en los casos de personas no conocidas.

8- Retirar comentarios, links o contenidos nocivos introducidos por otras personas en el blog, cuando se tenga constancia de que son ilícitos o perjudican a terceros y obligatoriamente en caso de que una autoridad competente requiera formalmente para ello.

9- Si se incluye publicidad, la misma debe estar señalizada claramente (esto incluye también a los post publicitarios) y evitar realizar Spam.

10- Finalmente, es conveniente incluir la licencia de uso que aplicamos a nuestro blog (qué dejamos o no dejamos hacer con nuestros artículos a terceros). Si no indicamos nada, la Ley entiende que no concedemos ninguna autorización de uso.

Si un blogger sigue estas recomendaciones, evitará la mayor parte de los problemas legales que se suelen plantear con los blogs.

Como ves, no es tan difícil tener un “blog legal” ¿o sí?

Bibliografia:

Salgado V. 2010 "las 10 reglas basicas para tener un blog legal"(http://blogs.lavozdegalicia.es/victorsalgado/2010/02/25/las-10-reglas-basicas-para-tener-un-blog-legal/) 11 de Octubre del 2013